DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Único: Conforme a lo dispuesto en el artículo 256 ordinales 9° del Código Orgánico Procesal Penal, decreta la medida Cautelares Sustitutivas de Libertad a los ciudadano, MANUEL JOAQUIN RIBERIRO ALVES, Portador de la Cédula de Identidad Nro. 81.391.787, de 56 años de edad, de profesión COMERCIANTE, domiciliado en SANTA ELENA, SECTOR LOS PINOS, CALLE CHARAIMA Nª 22, PUNTO FIJO, ESTADO FALCÓN, a quien se le atribuye la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal venezolano, consistentes dicha medida en la obligación de guardar respeto por la autoridad pública y la prohibición de efectuar cualquier acto hostil hacia las autoridades policiales. Se ordena.....