Por los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena: PRIMERO: librar la correspondiente ORDEN DE APREHENSIÓN, en contra de los ciudadanos: GUSTAVO ADOLFO COLINA COBIS, de nacionalidad Venezolana, natural de Coro Estado Falcón, nacido en fecha 24-04-1988, mayor de edad, estado civil soltero, profesión u oficio indefinida, residenciado en el Sector Barrio Colombia Norte, Calle 2, Casa sin número, de color azul, Población de la Vela, Municipio Colina, Estado Falcón, titular de la cédula de identidad Nº V- 25.783.729 y YONATAN RAFAEL COLINA COBIS, de nacionalidad Venezolana, natural de Coro Estado Falcón, , nacido en fecha 01-02-1993, mayor de edad estado civil soltero, profesión u oficio profesión u oficio indefinida, residenciado en el Sector Barrio Nuevo.....