DISPOSITIVO DEL FALLO:
Por las razones antes expuestas, Este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, CON SEDE EN CORO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud fundamentada en el articulo 185-A del Código Civil Venezolano Vigente; y en consecuencia, DECLARA EL DIVORCIO, solicitado por los Ciudadanos: TEODICIO RAMON ZAVALA LUGO Y ELBA EUSEBIA PEREZ, Venezolanos, titulares de las células de identidad Nros. V- 1956860Y v-2254734, ambos domiciliados en el Estado Falcón, respectivamente asistidos por la Abogada en ejercicio ANA MARIA MORALES, IPSA bajo el Nº. 52.048y se procede a la homologación de los siguientes bienes por mutuo acuerdo de las partes:
PRIMERO: UNAS BIENHECHURIAS CONSISTENTE EN UNA CASA DE HABITACION UBICADA ENTRE EL CRUCE DE LA CALLE EL SOL Y COLON EN .....