En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR el CONFLICTO NEGATIVO DE COMPETENCIA planteado por el Juzgado Segundo de los Municipios Falcón y Los Taques de la Circunscripción Judicial del estado Falcón con sede en Pueblo Nuevo, mediante decisión de fecha 9 de abril de 2013.
SEGUNDO: COMPETENTE al JUZGADO TERCERO DEL MUNICIPIO CARIRUBANA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, para conocer del juicio de COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACIÓN, seguido por los abogados DOUGLIMAR DEL VALLE ESCANDELA CRESPO y MARINO LUGO MALDONADO, actuando con el carácter de endosatarios en procuración de la ciudadana DOUGLIMAR DEL VALLE ESCANDELA CRESPO contra los ciudadanos ANGÉLICA MARÍA LOZADA TOYO y MICHAEL CRISTOPHER ROJA.....