En fuerza de los anteriores razonamientos este Tribunal impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Desistida la apelación, ejercida por el ciudadano RAFAEL QUERALES GRAFEE, cédula de identidad nº 9.587.950, asistido por el abogado Christian Leteo Lizardo, matrícula 140.641, contra el fallo de fecha 07 de enero de 2010, dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, con sede en Punto Fijo, y mediante el cual, declaró la perención de la instancia, con motivo del juicio que por daños y perjuicios, sigue el recurrente, contra PDV MARINA, S.A. inscrita el 29 de noviembre de 1999, ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, bajo el nº 63, tomo 62-APRO, cuarto trimestre del año respectivo, y los ciudadanos MARIO GONZALEZ y JUAN GONZALEZ CAMEJO, cedulas de identidad nº 3.833.785.....