En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por el abogado Mao Nicolás León Jiménez, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, el ciudadano JUAQUÍN GREGORIO GUTIÉRREZ ROMERO, mediante diligencia de fecha 15 de marzo de 2017.
SEGUNDO: Se CONFIRMA el auto interlocutorio de fecha 8 de marzo de 2017, y su auto aclaratorio de fecha 13 de marzo de 2017, dictados por el Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del estado Falcón con Sede en Punto Fijo, con motivo del juicio de REIVINDICACION DE INMUEBLE, intentado por el ciudadano JUAQUÍN GREGORIO GUTIÉRREZ ROMERO, contra la ciudadana YUDERKIS YAGUA.
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