En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Sin lugar el recurso de hecho interpuesto por la ciudadana CARMEN ZORAIDA TROSELL de MADURO, asistida por el abogado HÉCTOR MADURO LOZADA, contra el auto de fecha 13 de agosto de 2010, dictado por el Juzgado de los Municipios Silva, Monseñor Iturriza y Palmasola de esta Circunscripción Judicial, con sede en Tucacas, mediante el cual negó la apelación interpuesta por el recurrente, contra la sentencia de fecha 11 de agosto de 2010.
SEGUNDO: De conformidad con los artículos 274 y 281 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas al recurrente.
Regístrese, publíquese inclusive en la página web, déjese copia y archívese. Notifíquese al Tribunal a quo de la presente .....