En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: La PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente juicio de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE OPCIÓN DE COMPRAVENTA seguido por el ciudadano RUBEN DAVID MOGOLLON, en contra del ciudadano JAIME BENAZAR. En consecuencia, EXTINGUIDO el recurso de apelación interpuesto por los abogados Pedro Lara Hurtado y Amado Zavala Arcaya, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la parte demandada.