En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado Oswaldo José Moreno Méndez, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano YOANNIS JOSÉ CASTILLO, mediante diligencia de fecha 9 de mayo de 2017.
SEGUNDO: Se ordena llamar a la presente causa al tercero ciudadano VÍCTOR ANTONIO CASTILLO CARRASQUERO, a los fines de que integre el litisconsorcio pasivo necesario; y en caso que éste solicitare la reposición de la causa, deberá acordarse, caso contrario, deberá el juez proceder a dictar la sentencia definitiva correspondiente. En consecuencia se declaran nulas las actuaciones cursantes del folio 77 al 81, ambos inclusive.
TERCERO: Se exonera en c.....