En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana MARIA DE LOURDES ALVAREZ, asistida por la abogada Maryori Navarro, mediante diligencia de fecha 1° de agosto de 2017.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva de fecha 20 de abril de 2017, dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Coro, que declaró INADMISIBLE la demanda de ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE RECONOCIMIENTO DE UNIÓN CONCUBINARIA, incoada por la ciudadana MARIA LOURDES ALVAREZ, contra los ciudadanos ZAIMAR MAGDALENA GUTIERREZ MARCANO, MARZAY ELENA GUTIERRE.....