En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida por el abogado LUÍS HIDALGO VILLANUEVA inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 125.229, en su carácter de apoderado judicial de la Compañía de Comercio INVERSIONES MURCIA C.A., mediante diligencia de fecha 6 de agosto de 2013.
SEGUNDO: REVOCA la sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Transito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado, en fecha 5 de agosto de 2013, mediante la cual declaró INADMISIBLE la acción de reivindicación, incoado por el apoderado judicial de la sociedad mercantil INVERSIONES MURCIA C.A. En consecuencia, se ordena admitir la presente demanda, y darle curso de ley.
TERCERO: No .....