En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR las apelaciones ejercidas por los abogados Félix Sánchez Padilla y César Mavo, en su carácter de apoderados de los ciudadanos JUAQUIÍN GREGORIO GUTIÉRREZ ROMERO y YUDERKIS YAGUA, respectivamente, mediante diligencias de fechas 2 de mayo de 2012.
SEGUNDO: Se REVOCA el auto dictado por el Tribunal Tercero del Municipio Carirubana de esta Circunscripción Judicial, en fecha 24 de abril de 2012. En consecuencia, se ordena la reanudación de la presente causa transcurrido como sea el lapso establecido mediante auto de fecha 11/08/2011, el cual deberá computarse a partir del día 12/04/2012. Y se dejan in efecto las actuaciones cursantes a los folios 116 y 117 del presente expediente.
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