En fuerza de los anteriores razonamientos, este Tribunal Superior impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Sin lugar la apelación interpuesta por el abogado Otto Sánchez Naveda, cédula de identidad Nº 4.453.940, matrícula Nº 8.298, en representación de SERVICIOS Y MANTENIMIENTOS SACURAGUA, C.A., inscrita el 21 de diciembre de 1987, ante el Registro de Comercio que lleva el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, bajo el Nº 745, folios 283 al 290, tomo VIII, cuarto trimestre del año respectivo, contra el auto interlocutorio de fecha 16 de diciembre de 2009, dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, con sede en Punto Fijo, que negó la medida de secuestro solicitada por el ciudadano Edgar Aponte Borras, céd.....