En razón de los motivos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: Parcialmente con lugar la apelación interpuesta por el abogado Numa Miranda Hidalgo, apoderado de RADIO INVERSIONISTAS COMPAÑÍA ANONIMA, contra la sentencia del 25 de mayo de 1999, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia, en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Trabajo de esta Circunscripción Judicial, mediante la cual declaró terminado el procedimiento de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos, intentado por el ciudadano JUAN JOSE LUGO NAVARRO, contra la apelante, de conformidad con lo previsto en los artículos 125 y 126 de la Ley Orgánica del Trabajo y ordenara la practica de una experticia complementaria del fallo para determinar el monto real de las cantidades consignadas, ante la inconformidad manifestada por el accionante; sentencia que se revoca pa.....