Con fundamento en los hechos analizados, los elementos probatorios que obran en actas, las normas aplicables al caso concreto, la doctrina jurisprudencial procedente y todos los razonamientos y motivos que preceden, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: ADMISIBLE EL RECURSO DE NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO, interpuesto por el abogado José Delgado Pelayo, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el No. 60.212, en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, la Sociedad Mercantil HOTEL VILLA MAR SUITES, C. A., en contra del Acto Administrativo de efectos particulares en contra del Acto Administrativo de efectos particulares No. PA-US-FAL-007-2015, de fecha 22 de abril de 2015, dictado por la Gerencia Estadal de Salud de Los Trabajadores Falcón (GERESAT-FALCÓN) adscrita a.....