Con fundamento en los hechos analizados, los elementos probatorios que obran en las actas, las normas aplicables al caso concreto, la doctrina jurisprudencial procedente, así como todos los razonamientos y motivos que preceden, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, contra el auto de fecha 02 de junio de 2015, dictado por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Falcón con sede en la ciudad de Punto Fijo.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión recurrida en todas y cada una de sus partes.
TERCERO: Se ordena REMITIR el presente asunto al Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Falcón con sede en la ciudad de Punto Fijo, a los fines de su prosecución proces.....