Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por el Abogado AMILCAR J. ANTEQUERA LUGO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 103.204, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora, contra la Sentencia de fecha 08 de Abril de 2.010, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Trabajo del Estado Falcón, con sede en la ciudad de Santa Ana de Coro, en relación al juicio que por DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES tiene incoado el ciudadano CARLOS FLORES REVILLA, contra la Sociedad Mercantil COMPAÑÍA ANÓNIMA DE ADMINISTRACIÓN Y FOMENTO ELÉCTRICO (CADAFE).
SEGUNDO: Se REPONE la causa al estado de que el Tribunal a quo ordene a la experta .....