Por las consideraciones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: Admitidas las pruebas promovidas por la Abogada ROSSYBEL CORDOVA, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 115.115, actuando en condición de Apoderado Judicial de la ciudadana NORBELIS JOSEFINA LUGO PACHECO, venezolana, mayor de edad, identificada con la cédula de identidad No. 12.732.702; SEGUNDO: Se deja constancia que la parte demandada Instituto Nacional e Servicios Sociales (INASS), no promovió elementos probatorios, sin embargo, por ser un ente publico goza de los privilegios y prerrogativas procesales que le tribuye las leyes especiales, conforme lo prevé el articulo 12 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.