DISPOSITIVA
De todo lo antes expuesto este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón sede Punto Fijo, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO PREVENTIVO de bienes muebles propiedad de la demandada TELECOMUNICACIONES DIGITALES, C.A ya identificada, hasta por la cantidad de TREINTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES BOLIVARES CON DIECISEIS CÉNTIMOS (Bs. 32.873,16), que corresponde el doble de la suma demandada por la ciudadana NEILAN YANINA GOMEZ BAPTISTA, ya identificada más las costas procesales y honorarios profesionales de abogados prudencialmente calculados por el Tribunal . ASÍ SE DECIDE.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada por secretaria de la presente Sentencia Definitiva, de conformidad con lo establec.....