Con fundamento en las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón con sede en Punto Fijo, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Que es COMPETENTE para conocer el recurso contencioso administrativo de nulidad, presentado por el Abogado PEDRO LUIS NAVEDA SANCHEZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el numero No. 25.879, en su carácter de apoderado judicial de la empresa: TIENDAS DON REGALON C.A., contra el acto administrativo de efectos particulares dictado por la Inspectora del Trabajo Jefe (E) de la INSPECTORIA DEL TRABAJO ALI PRIMERA DE LOS MUNICIPIOS CARIRUBANA, FALCON Y LOS TAQUES DEL ESTADO FALCON en fecha tres (3) de Noviembre de dos mil once (2011), referente a Providencia Administrativa Nº 114-01-2011, contenida en expediente signado con el Nº 053-2010-01-00105, mediante la cual se declara CON LUGAR la .....