DISPOSITIVA
Por todos los hechos antes expuesto y en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, con las facultades otorgadas en el artículo 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
• PRIMERO: Con lugar el derecho a los Abogados ROBERTO CARLO E. LEAÑEZ D y HECTOR E. J. LEAÑEZ D, a percibir honorarios provenientes de sus actuaciones Judiciales, la cual consta en el presente expediente.
• SEGUNDO: Con lugar la demanda de ESTIMACIÓN DE INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES, presentada por los abogados ROBERTO CARLO E. LEAÑEZ D y HECTOR E. J. LEAÑEZ D.
• TERCERO: Una vez quede definitivamente firme esta decisión, Se ordena la prosecución del procedimiento por el juicio de retasa establecido en la Ley de Abogados en el artículos 22, 23, 25, 26, 27, 28 y 29, previa notificaciones y que conste en autos, se fijara el Acto para la designación de los retasadores.-
• CUARTO: Líbrese boletas de notificaciones a las partes .....