este tribunal en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LEY DECLARA:
1.- CON LUGAR LA CESION DE DERECHO.
2.- Queda como única y exclusiva propietaria del inmueble aquí descrito la ciudadana: MARISOL DE JESUS DIAZ PEREIRA, dicha vivienda se encuentra ubicada en la Jurisdicción del Municipio Carirubana del Estado Falcón, constituido por una parcela de terreno distinguida con el Nº 16 y la vivienda sobre ella construida, ubicada en el Conjunto Residencial Pedro Manuel Arcaya, Etapa I, 3U, la parcela de terreno tiene un área aproximada de DOSCIENTOS METROS CUADRADOS (200MTS2), y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos: NOROESTE: En línea recta de DIEZ METROS (10Mts), aproximadamente con parcela L-44 SURESTE: En línea recta de DIEZ METROS (10 Mts), aproximadamente con parcela L-17; SURESTE: En línea recta de DIEZ METROS (10Mts)aproximadamente con avenida B y SUROESTE. En línea recta de VEINTE METROS (20 Mts) aproximadamente con parcela L-15......