Por las razones que quedaron expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA PERIMIDA LA INSTANCIA, en el juicio de Querella Interdictal por Despojo incoado por los ciudadanos JUAN JOSE LUGO Y SAIRA ROMERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 9.587.366 y V-4.786.733, respectivamente, en contra de los ciudadanos LUIS LUGO, LUCIVA LUGO y JAVIER RAFAEL LUGO, de conformidad con lo establecido en los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil.