En fuerza de los argumentos anteriores, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la demanda que por pensión de alimentos intentará la ciudadana BELKIS LIRIA GARCIA OCHOA en representación de su hijo CARLOS JAVIER BUSTILLO GARCIA contra el ciudadano RAMON JUNIOR BUSTILLOS BERMUDEZ, todos identificados y en consecuencia se ordena:
1) Fijar una pensión de alimentos a favor del niño CARLOS JAVIER BUSTILLOS GARCIA en la cantidad de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 300.000,oo) mensuales, cantidad que deberá seguir siendo depositada por el demandado en forma continua y por adelantado en la cuenta de ahorros N° 0003-0067-59-0100237880, en el Banco Industrial de Venezuela.
2) Mantener aperturada la cuenta de ahorros N° 0003-0067-59-0100237880, en el.....