En virtud del convenimiento efectuado por las partes CARLOS ALBERTO PORTACIO RODRIGUEZ y ELIANA JOSEFINA PALENCIA YRAUSQUIN, mediante escrito presentado en fecha 03 de Abril de 2007, a los fines de dar por terminado el presente Juicio a favor de la niña CARLI GABRIELA PORTACIO PALENCIA, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de Conformidad con lo establecido en los Artículos 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y 263 del Código de Procedimiento Civil, LO HOMOLOGA, en todas y cada una de sus partes y en los términos por ellos suscritos, le da carácter de cosa Juzgada, acuerda suspender la Medida Preventiva de Embargo decretada en fecha 22-03-2007 en el presente juicio; así mismo se ordena el archivo del expediente.