Por las razones expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR, las cuestiones previas opuestas por la parte demandada KOCH-GLITSCH PANAMERICAN TECHNICAL SERVICES, C.A., previstas en los numerales 3º, 4º y 6º, del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, esto es, la ilegitimidad de la persona que se presenta como apoderado o representante del actor, por no tener capacidad necesaria para ejercer poderes en juicio, o por no tener la representación que se atribuya, o por porque el poder no este otorgado en forma legal o sea insuficiente; la ilegitimidad de la persona citada como representante de la demandada; y el defecto de forma de la demanda, en el juicio que por cumplimiento de contrato e indemnización de daños y perjuic.....