Por los motivos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos GONZALO RAFAEL FLORES ROMERO y ELVIA CRISTINA GRATEROL GOITIA, ambos identificados, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron el día 03 de Septiembre de 1994, por ante la Prefectura Civil del Municipio Autónomo Los Taques del Estado Falcón.
Por cuanto la presente sentencia no tiene apelación se declara DEFINITIVAMENTE FIRME.
Liquídese la Sociedad conyugal.
Publíquese y regístrese. Déjese copia certificada del presente fallo en el archivo de este despacho.
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