Este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo previsto en el Articulo 16 eiusdem, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, y en atención a lo solicitado y lo evidenciado en actas en donde consta que el decujus RUBEN SEGUNDO RIVERO RIVERO, falleció Ab-intestato en fecha: 22 de Septiembre de 2008, como consta del acta de defunción expedida por el Coordinado de Registro Civil de del Municipio Miranda del Estado Falcón, DECLARA COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a los Ciudadanos: CARMEN AURORA LISCANO DE RIVERO, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad Nº 2.918.017; RUBEN DARIO RIVERO LISCANO, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº 9.505.911; CARMEN VICTORIA RIVERO LISCANO, venezolana, mayor de edad, so.....