Por las razones antes expuestas este Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en el presente asunto signado con el Nro. 0675, contentivo del juicio por COBRO DE BOLIVARES, interpuesto por el ciudadano RICHARD ALEXANDER PINEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 11.475.303, domiciliada en la ciudad de Coro, Estado Falcón, asistido por el abogado NUMA JOSE MIRANDA HIDALGO, venezolano, mayor de edad, Inpreabogado Nro. 35.748, con domicilio en la Ciudad de Coro Estado Falcón, contra el ciudadano DACOSTA GOMEZ CORONADO GUILLERMO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 3.678.016, con domicilio en el Municipio Carirubana, del Estado Falcón. ASI SE DECIDE.