Por las razones expuestas este JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, según lo establecido en Gaceta Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela, Nro. 39-152, de fecha Dos (02) de Abril de 2009, Resolución 2009-0006, actuando con conocimiento de causa y dejando a salvo los derechos de terceros declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio hecha por los ciudadanos: VIOLETA MARISOL FELIZ DE LOYO Y JOSE DE LAS MERCEDES LOYO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedulas de identidad Nro: E- 81.880.444 con la cual fue identificada la contrayente en el acta de Matrimonio, y con el Nro. V- 14.117.734, con la cual fue identificada la contrayente en la presente solicitud y V- 9.523.066, respectivamente, domiciliados en la calle Garcés, Edificio "El Silencio" planta baja, apartamento 132-A de esta Ciudad de Santa Coro, Municipio Miran.....