Acto seguido, la Ciudadana Jueza, expone: Oídas las exposiciones de las partes, y analizadas como han sido las actas policiales acompañadas al escrito presentado por la Representación Fiscal, en las cuales se observa la presunta comisión de un hecho punible, el cual debe ser investigado para el total esclarecimiento de los hechos, este tribunal, ACTUANDO COMO JUZGADO DE CONTROL DEL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD DEL ADOLESCENTE:IDENTIDAD OMITIDA y se impone las medidas cautelares previstas en el literal b) y f) del artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes; en ese sentido, se le obliga al adolescente imputado a someterse al cuidado y vigilancia de su hermano ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, quien deberá informar cada dos (02) meses a este Tribunal sobre la conducta de su hermano. Asimismo se le prohíbe al adolescente imputado a comunicarse con la victim.....