Seguidamente la Ciudadana Juez, procede a informar al joven imputado, sobre la finalidad de la presente audiencia y de lo expuesto tanto
por su Defensora como por la Representación Fiscal, cumpliendo así con lo establecido en el artículo 541 ejusdem y expuso: Escuchadas las exposiciones tanto de la Defensa como de la Representación Fiscal, y solicitado como ha sido, el sobreseimiento Provisional de la presente causa por los motivos expresados por la Representación Fiscal, éste tribunal, ACTUANDO COMO JUZGADO DE CONTROL DEL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL DE LA CAUSA N°. 2010-517, seguida al adolescente IDENTIDAD OMITIDA todo de conformidad con la atribución conferida al Ministerio Público, en el literal e) del artículo 561 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes. Se deja constancia que .....