Por los motivos expuestos, este Juzgado Primero de los Municipios Falcón y Los Taques de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Pueblo Nuevo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos JOSÉ RAFAEL GÓMEZ LUGO y CARMEN GUADALUPE DÍAZ AMAYA, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-4.175.238 y V-7.523.571, respectivamente, domiciliados: Él: en la Población de Jadacaquiva, Jurisdicción del Municipio Falcón del Estado Falcón, y Ella: en el Sector San Nicolás de Moruy, casa sin número, carretera principal, entre Gisebo y Moruy, al lado de la Escuela Bolivariana San Nicolás de Moruy, Jurisdicción del Municipio Falcón del Estado Falcón, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil Venezolano, y en consecuencia:
PRIMERO: Se declara DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por los ciuda.....