Se le da entrada en fecha 08-08-2006, a Despacho de Comisión emanado del Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, el cual se Decretó Medida de Embargo Ejecutiva sobre Bienes Muebles e Inmuebles propiedad de la Parte Demandada de autos; en consecuencia este Tribunal a fin de darle fiel y estricto cumplimiento, ordenará el traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada, el día y hora que fije este Tribunal, previa solicitud del interesado, mediante auto separado.-
En fecha 08-08-2006, se dicta auto, donde se le da entrada diligencia, estampada por el ciudadano: JOSÉ DEL CARMEN VILLALOBOS, venezolano, mayor de edad, quien en su carácter de Demandante, confiere Poder Apud-Acta, amplio y suficiente en cuanto a derecho se requiere al Abogado JOSÉ GREOGRIO BEAUJÓN. En consecuencia, este Tribunal tiene como parte en el presente Juicio al Abog. JOSÉ GREOGRIO.....