esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PRIMERO: ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el Abogado LANDO AMADO, en su condición de Defensor Público del ciudadano: DARWIN RAFAEL BASORA GARCÍA, contra el auto dictado en fecha 08 de Febrero de 2015, publicado a través de Auto en Fecha 13 de Febrero de 2015, por el Juzgado Segundo de Control Estadal y Municipal de este Circuito Judicial Penal, del Estado Falcón, Extensión Tucacas, de esta sede judicial, en el proceso que se le sigue por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA, previstos y sancionados en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal, en perjuicio del Ciudadano: RONNER JOSÉ ARGUELLO MIRENA (OCCISO).