Por las consideraciones que anteceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón, impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: ADMISIBLE la Solicitud de Revisión incoado por el penado, ciudadano Frank López Ramírez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.126.265, actualmente cumpliendo penal en el Centro de Tratamiento Comunitario "Dr. Juan Tovar Guédez" adscrito al Ministerio de Interior y Justicia, con sede en el Valle, Parroquia Juan Germán Roscio, Municipio Independencia, Estado Táchira, en contra la sentencia condenatoria dictada por el Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal, la cual declaró culpable por la comisión de delito de Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas
SEGUNDO: Se fija el día 03 de mayo de 2006, a las 10:00 AM para la celebración de la audiencia oral prevista en el artículo 456 de.....