esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara Admisible la acción de Amparo interpuesta por la Abg. Carmaris Romero, en su condición de Defensora Pública Primera de la Unidad de la Defensa de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón, con sede en la ciudad de Santa Ana de Coro, actuando en representación de los ciudadanos Tony Ramón Hernández Lucena y Wilmer Antonio Rodríguez Pereira, plenamente identificados, en contra del Tribunal Tercero de Control de este Circuito Judicial Penal del estado Falcón, con sede en la ciudad de Santa Ana de Coro, por presunta omisión judicial, que vulnera derechos y garantías constitucionales. SEGUNDO: Se Ordena la notificación del Juez Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, señalado .....