esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de revisión interpuesto en el expediente principal Nº IP11-P-2013-009137, por el ciudadano, penado ANSONY MAIQUER PÉREZ LUGO, ante la Dirección de la Comunidad Penitenciaria Fénix Lara, contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Control de este Circuito Judicial Penal, Extensión Punto Fijo, que lo condenó a cumplir la pena de VEINTE (20) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión de los delitos de Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, tipificado en el encabezamiento del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, conforme a lo que establecía el artículo 376 del derogado Código Orgánico Procesal Penal, por el procedimiento por admisión de los hechos, conforme a lo dispuesto en el literal "C" del artículo 428 del Código Orgáni.....