Por todo lo expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial penal del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE por extemporáneo, el recurso de apelación interpuesto por el abogado HERMES JOSÉ ARÉVALO SERRANO, en su carácter de defensor Privado del ciudadano ALEXANDER JOSÉ PEROZO, contra la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia Penal en función de Control de este Circuito Judicial Penal, Extensión Punto Fijo, mediante la cual decretó la privación judicial preventiva de la libertad del mencionado imputado de conformidad con los artículos 448 y 437, literal ?b? del Código Orgánico Procesal Penal.
Déjese copia, notifíquese y remítanse las actuaciones en su oportunidad legal.
La Jueza Presidente
GLENDA ZULAY OVIEDO RANGEL
PONENTE
MARLENE MARÍN DE PEROZO RANGEL MONTES CHIRINOS
JUEZA TITULAR JUEZ.....