En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Control de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO:Se declara sin lugar la excepción interpuesta establecida en el numeral 4º, letras e, i , del artículo 28 del Código Orgánico Procesal Penal, con respecto al delito TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE SUMINISTRO, SEGUNDO: Se ADMITE totalmente la Acusación interpuesta por la Fiscalía 21 del Ministerio Público en relación a la ciudadana ROSEMIL CAROLINA TEJERA VARGAS, por el delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE SUMINISTRO, previsto y sancionado en el artículo 149 segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio del estado venezolano, y las pruebas ofrecidas en dicha acusación por considerar que los mismos resultan útiles, lícitos, necesario.....