este Tribunal Primero de Control, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.
PRIMERO: DECLARA con lugar la solicitud del Fiscal del Ministerio Publico, en el sentido de acordarle al imputado unas Medidas Cautelares Sustitutivas a la Privación Judicial de Libertad. SEGUNDO: Acuerda decretar al Imputado JOSE ALEXANDER CHIRINOS FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, nacido en fecha 12/01/86, titular de la cedula numero 17.924.457, Estudiante en la , Calle el Sol, Esquina calle Providencia, Casa No 92, Coro, Estado Falcón, las Medidas Cautelares Sustitutivas a la Privación de Libertad, establecidas en el Articulo 256, del Código Orgánico Procesal Penal, Ordinales 3° y 6°, consistentes en presentación cada 15 días por ante este Tribunal y Prohibición de comunicarse con la victima, por el presunto Delito de Arrebaton, en perjuicio de MARIA GUADALUPE MIQUILENA. . TERCERO: El presente Procedimiento se llevara por el pro.....