este Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Decreta medida cautelar sustitutiva de libertad en contra del imputado: JESÙS TADEO GALICIA DIAZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad 20.679.007, de 19 años de edad, nacido en fecha 02/08/1990, de profesión u oficio Estudiante, domiciliado en la Urbanización Monseñor Iturriza, Tercera Etapa, Calle 2, Casa Nº 158, Familia Galicia, a dos calles del modulo de la tercera etapa, teléfono 0416-3013490 y 0268-2776018, por estimar que se encuentra incurso en la comisión del delito de POSESIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, de conformidad con el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesa.....