Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO del asunto seguido contra de el ciudadano (a): JESUS ANTONIO SIERRA SIERRA, Venezolano, Mayor de Edad, portador de la cedula de identidad No 7.568.283, Natural y Residenciado en la Urbanización San Rafael, Calle intermedia los Medanos, Casa No 12, Punto Fijo, Estado Falcón, por la presunta comisión del delito Porte Ilícito de Arma de Fuego tipificado en el artículo 278 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano y Declara Extinguida la Acción Penal en la presente causa, de conformidad con el ordinal 1° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO. Ordena la entrega al Ciudadano JESUS ANTONIO SIERRA SIERRA, del Arma de Fuego que presenta las siguientes características: Tipó Pistola, Calibre 9 MM, Marca Taurus, Mod.....