este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal con sede en Coro del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: Admite la Acusación y las Pruebas presentadas por el Fiscal del Ministerio Público en contra de los ciudadanos PEDRO ENRIQUE CHIRINOS MANZANAREZ, venezolano, natural de esta ciudad de 25 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.179.407, de estado civil soltero, de profesión u oficio albañil, domiciliado en las Velitas II, avenida 2, casa no recuerda el número, cerca de la Iglesia de esta ciudad de Coro del Estado Falcón, a quien se le atribuye la comisión de los delitos de: ROBO AGRAVADO y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en los artículos 458 y 277 del Código Penal y JOSE VICENTE VILLALOBOS RUIZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-18.878.414, soltero, colector residenciado en la Velita II, vereda 2, casa 26 al frente de los apartamentos de las.....