Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCÓN, EXTENSIÓN CORO, administrando justicia, en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, resuelve: PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR la solicitud de decaimiento de medida de detención domiciliaria y decreto de libertad plena, interpuesta por la defensa técnica del ciudadano JOSE DEBELY MEDINA COLINA, venezolano, titular de la Cédula de Identidad V-. 19.252.247, nacido en fecha 06-07-1984, de ocupación Taxista, domiciliado Río Seco, sector San Gregorio, calle Principal municipio Miranda, del estado Falcón, a quien se le sigue causa por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 en concordancia con el artículo 84 numeral 2 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de las ciudadanas María Gutiérrez y Judith Cordero, de conformidad a lo previsto en el artículo 230 del Código Orgánico Procesal Penal e.....