Por todas las razones expuestas, este Juzgado Primero de Ejecución de penas y medidas de seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA EXTINGUIDA LA PENA impuesta al penado ARGENIS RAFAEL VERA, , quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° v-5.284.792, domiciliado en EL Barrio Cabudare, Callejón Libertad, Casa N° 02 de Coro del Estado Falcón, quien fuere condenado a sufrir la pena de CUATRO (04) años de prisión, por la comisión del delito de Tráfico de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 31 Tercer aparte de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Líbrense las correspondientes boletas de notificación a la Fiscalía Décimo Séptima del Ministerio Público de este Estado, a la Defensa y al penado. Igualmente Boleta remítase copias certificadas de la presente de.....