este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley AUTORIZA EL TRASLADO del penado JULIO RAÚL LEÓN, titular de la cédula de identidad N° 12.177.891, de ocupación mecánico, soltero, natural de esta ciudad, residenciado en el Barrio “José Gregorio Hernández” calle 1, N° 27 de Coro, quien actualmente se encuentra recluido en el internado Judicial de esta ciudad al INTERNADO JUDICIAL DE MONAGAS, todo con fundamento en los artículos 7, 68, 50 y siguientes de la Ley de Régimen Penitenciario y los artículos 19, 43, 46 y 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y exhorta a un Tribunal Ejecutor del Circuito Judicial Penal de ese Estado a los fines de su vigilancia y control remitiéndole copia certificada de esta decisión, de conformidad con lo establecido en los artículos 478, 479 y 481 del Código O.....