este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Sentencias y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EJECUCIÓN DE LA PENA al ciudadano PEDRO JOSE ROMERO AREVALO, Venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 26.991.657, nacido en Coro, estado Falcón, en fecha 23-09-95, de 18 años de edad, soltero, de ocupación obrero, domiciliado en la Urb. Arístides Calváni, quinta etapa, calle 5, casa Nº 22, Coro, Estado Falcón. Teléfono: 0412-692-1814 condenado a la pena de SEIS (06) AÑOS Y NUEVE (09) MESES DE PRISION mas las penas accesorias de Ley establecidas en el articulo 16 del Código Penal por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO Y LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES, previstos y sancionados en los artículos 458 y 416, ambos del Código Penal. Todo conforme a lo previsto en artículo 471 y 474 del código orgánico proce.....