Por todos los argumentos antes expuestos, este Tribunal 1° de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente de este Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, sede Coro, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud Fiscal, y Decreta a los ciudadanos adolescentes IDENTIDAD OMITIDA, antes identificados, por la comisión del delito de COMPLICIDAD CORRESPECTIVA EN EL DELITO DE HOMICIDIO, previsto y sancionado en el artículo 406 concatenado con el articulo 83 del Código Penal, en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de JEFERSON JOSE CHIRINO (OCCISO), la medida cautelar prevista en el artículo 582 literal "a" de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por lo que permanecerá detenido en su propio domicilio, a los fines de garantizar su comparecencia a la audiencia preliminar, autorizándose a sus representantes legales presentes en sala, para que los trasladen hast.....