este Tribunal de Ejecución de Responsabilidad Penal del Adolescentes de Santa Ana de Coro Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley PRIMERO: impuesto formalmente los adolescentes JULIO ENRIQUE CONTRERAS, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NRO 30.351.574 y JOSE RAFAEL QUINTERO COLINA, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NRO 28.590.749 de la medida sancionatoria dictada por el Tribunal Segundo de Control sección Adolescente el cual acordó sancionarlo UN (01) AÑO DE PRIVATIVA DE LIBERTAD Y UN AÑO DE LIBERTAD ASITIDA por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO Y USO DE FACSIMIL DE ARMA DE FUEGO,, y siendo que ya dichos adolescentes cumplieron con la sanción Privativa de Libertad, comenzarán a cumplir con la sanción de libertad Asistida, la cual iniciará el día 2 de febrero de 2016 (fecha de imposición) y culminará el día 02-02-2017 aproximadamente, debiendo presentarse el Departamento de Libertad Asistida a efe.....